jueves, 19 de septiembre de 2013

Tarifas de gas natural: ¿Cual elijo?

Hola a todos:
Voy a dedicar esta entrada a continuar con la temática del artículo que colgué el pasado 15 de agosto sobre las tarifas eléctricas.En este artículo, hablaré sobre el segundo suministro energético mas común en una vivienda: el gas natural. Siguiendo la misma estructura que en el anterior artículo, empezaré describiendo la estructura de la factura de gas natural para a continuación hablar sobre ciertos aspectos a tener en cuenta a la hora de elegir tarifa de suministro.

El gas natural se suele utilizar casi exclusivamente para tres tipos de usos principales, y de esto depende en gran medida la importancia económica que tiene esta energía en el balance de gastos de una vivienda. Los principales usos son:

  • Uso para cocinar, mediante fogones de gas, hornos u otros equipos.
  • Uso para generación de ACS (Agua Caliente Sanitaria) mediante una caldera de gas (las hay de varios tipos, siendo las mas recomendables las de condensación y las de baja temperatura por su mayor rendimiento).
  • Uso para calefacción mediante una caldera de calefacción o mixta de ACS+Calefacción. La calefacción puede hacerse a través de suelo radiante, radiadores o fancoils.
Estos usos suelen estar combinados, o bien cocina+ACS, o bien cocina+calefacción+ACS, y en todos los casos la energía se aprovecha en forma de calor. No obstante, no son los únicos usos que se le puede dar al gas natural, ya que hoy en día su uso para sistemas de microcogeneraciónen industrias y locales comerciales que tengan un consumo relativamente grande y simultáneo de electricidad y calor está empezando a ser interesante.

El mercado de suministro del gas natural al igual que el eléctrico está liberalizado, por lo que las opciones a la hora de elegir suminsitrador son también grandes. No obstante, antes de hablar sobre las distintas opciones de contratación, igual que en mi anterior artículo, describiré la estructura de la factura de gas natural y que conceptos la forman.

ESTRUCTURA DE LA FACTURA DE SUMINISTRO DE GAS NATURAL

En función de la compañía comercializadora, la estructura de la factura es distinta, pero todas ofrecen la misma información, que suele agruparse en varios campos. En este artículo explicaré los conceptos basándome en una factura de Endesa.

Ejemplo de factura de suministro de gas natural con Endesa. (Fuente: Elaboración propia)

En la imagen se pueden distinguir los principales bloques de información que componen la factura, los cuales son:

  • Datos del cliente: Incluye de forma resumida los principales datos del titular del suministro, tales como nombre, DNI, dirección, actividad económica CNAE (uso doméstico), numero CUPS (igual que en el suministro eléctrico, es algo parecido al DNI del punto de suministro, la frontera entre la red de gas y la instalación de la vivienda), tipo de tarifa de acceso (mas adelante entraré en este concepto) y número de contador.
Detalle de la información del apartado “Datos del cliente”. (Fuente: Elaboración propia)
  • Resumen de la factura: Incluye los datos más relevantes de la factura eléctrica, tales como la fecha de la factura, el periodo facturado (los días en los que se tomaron los datos del contador para obtener el consumo realizado), el número de la factura, la referencia de la misma y el importe total en €.

    Detalle de la información del apartado “Resumen de la factura”. (Fuente: Elaboración propia)
  • Consumo de gas: En este apartado se encuentra la información relativa al consumo de gas natural que se ha hecho durante el periodo de facturación. La lectura suele ser real. En el ejemplo descrito, el contador está ubicado dentro de la vivienda, ya que la instalación de gas natural es posterior a la construcción del edificio (como en la gran mayoría de edificios de cierta edad). Por lo tanto, lo que suele hacer la compañía distribuidora es colgar un cartel en el ascensor del edificio o en un lugar comunitario en el que el titular de cada suministro anota la lectura de su propio contador. Como se puede apreciar en la imagen, la lectura del contador se hace en metros cúbicos (m3), pero como el poder calorífico del gas natural puede variar, la facturación se hace en kWh (energía). Para eso se aplica un factor de conversión (que es el propio poder calorífico del gas suministrado, en kWh/m3), en este caso el factor de conversión utilizado es de 11,37 kWh/m3, la compañía comercializadora está obligada a incluir este dato en la factura, ya que puede no ser siempre el mismo. También se suele introducir una gráfica con los consumos históricos de los últimos meses y una estimación del coste medio diario de la energía en el periodo de facturación.
Detalle de la información del apartado “Consumo gas”. (Fuente: Elaboración propia)
  • Información de su producto: En este apartado la comercializadora puede incluir información relativa a las condiciones del contrato de suministro de gas natural. En el ejemplo, Endesa aclara que los precios del término fijo y variable de la factura están equiparados a los de la Tarifa de Último Recurso (TUR) de gas natural.
  • Notificación: En este apartado la comercializadora suele incluir notas aclaratorias sobre conceptos puntuales que aparecen en la factura o sobre detalles que considera que han de ser especialmente mencionados.
  • Datos de pago: En este apartado aparecen los datos de la cuenta bancaria sobre la que se cargará el importe de la factura, así como la fecha en la cual será cargado.
  • Desglose de los peajes de Acceso de Terceros a la Red (ATR): En el sistema gasista, igual que en el eléctrico, la red de distribución, instalaciones de almacenamiento, regasificación y en general todas las infraestructuras que hacen que sea posible el suministro de gas natural, han de mantenerse y operarse. Parte de las actividades del sistema gasista español son reguladas y gestionadas por el Transportista y Gestor Técnico del Sistema, por lo que los costes asociados a estas infraestructuras y reconocidos por el gobierno, son repercutidos sobre los consumidores. La tarifa de acceso depende de la presión de suministro y del consumo, para suministros de presión <= 4 bar y consumo <= 5.000 kWh/año se aplica la tarifa de acceso 3.1. Dicha tarifa se corresponde con suministros domésticos para cocina + ACS, la tarifa 3.2 se aplica para instalaciones que incluyen instalaciones de calefacción con gas natural. Para la tarifa 3.1, los peajes se desglosan igual que en el suministro eléctrico, según lo dispuesto en la Orden IET/2812/2012, en dos términos:
    • Término fijo: 2,47 €/mes.
    • Término variable: 2,8165 c€/kWh.
Detalle de la información del apartado "Desglose de Peajes”. (Fuente: Elaboración propia)
  • Desglose de la Facturación: En este apartado se detallan los distintos conceptos que se incluyen en la factura, y cuyos importes suman el total de la factura. Por lo tanto esta es la parte mas importante de la misma, en la cual hay que comprobar que los conceptos que se cobran son correctos. Dichos conceptos en general son los siguientes:
Detalle de la información del apartado “Facturación”. (Fuente: Elaboración propia)
    • Término fijo: Al igual que se ha explicado con los peajes, y de igual forma que en la factura eléctrica, la factura de gas natural tiene un término fijo, que se paga por tener acceso a la red de distribución. En el caso de los suministros eléctricos, este concepto es función de la potencia contratada a lo largo del año (€/kW año), pero en el caso del gas natural, al no poderse determinar este parámetro, (ya que el PCI del gas natural puede variar), este término es un importe fijo para todos los suministros de la misma tarifa de acceso (ATR). Es decir, el término fijo depende del consumo máximo de gas natural anual (que no puede pasar de 5.000 kWh/año). En el caso de la tarifa que se aplica en el ejemplo, y que está equiparada a la Tarifa de Último Recurso, el coste es de 0,141369 €/día (4,3 €/mes x 12 meses/año : 365 días/año). Este precio, se multiplica por los días del periodo de facturación, que son en este caso 63, dando un total de 8,90 €. Nótese que en la factura el término fijo está mal escrito, ya que indica el precio como €/kW y día, cuando en realidad este término es independiente de la potencia (esto es sin duda un error que se arrastra de equiparar esta factura con la factura eléctrica).
    • Término de energía: Este término es variable y depende del consumo de energía que se haya realizado en el periodo de facturación. Se multiplica el consumo en kWh realizado (que se obtiene de la diferencia entre las medidas del contador en m3 entre el primer y último día del periodo facturado y se le aplica el PCI del gas, en la última factura de 11,37 mWh/m3), por el precio de la energía, que en la tarifa del ejemplo (y en la TUR) es de 0,057508 €/kWh. En el caso del ejemplo, el consumo de gas natural del periodo fue de 26 m3, que aplicando el PCI de 11,37 kWh/m3, supone un consumo de 295,62 kWh (redondeados por Endesa a 296 kWh). Esto, multiplicado por el precio, suma un total de 17,02 €.
    • Alquiler de equipos gas: Este concepto es el alquiler de los equipos de medida, cuyo precio está determinado en el Anexo II de la Orden IET/2812/2012. Según dicha orden, para los contadores de gas natural de hasta 6 m3/h (el que hay instalado en el ejemplo), el precio del alquiler es de 1,25 €/mes. Por lo tanto, este precio aplicado a los 2,1 meses del periodo de facturación, se obtiene un resultado de 2,625 € (aunque en la factura se ha cobrado un poco menos, 2,58€).
    • Impuesto de Hidrocarburos: A partir del 1 de enero del 2013, se aplica un nuevo impuesto sobre hidrocarburos, que apareció con la Ley 15/2012 de 27 de diciembre. Según lo dictado en esta ley, se fijan dos impuestos, en función de si el uso del gas natural es o no industrial. El impuesto general, de aplicación a los consumos domésticos es de 0,00234 €/kWh, por lo que aplicado a los 296 kWh de consumo, da un total de 0,69€.
    • Servicios y otros conceptos: Además de los conceptos descritos hasta ahora, en la factura de gas pueden aparecer y aparecen otros conceptos distintos, relacionados a otros servicios, que pueden ser o no opcionales. Puesto que estos puntos tienen un poco mas de interés, entraré en mayor profundidad mas adelante.
    • Impuestos: Igual que ocurre con la factura eléctrica, la suma de los conceptos de término fijo, término de energía, alquiler de equipos de gas, impuesto de hidrocarburos y otros conceptos y servicios, forman la base imponible, que en el caso del ejemplo es de 40,76€. Sobre esta base imponible hay que aplicar el IVA, que actualmente es del 21%, suponiendo un total de 8,56€, que sumados a los 40,76€ de la base imponible suponen un total de la factura de 49,32€.

Estos son los conceptos básicos que aparecen en prácticamente todas las facturas de gas natural. En función de la compañía distribuidora, pueden aparecer otros elementos que básicamente son adornos y que ayudan a comparar la tarifa actual con otras tarifas o proporciona información interesante (como que parte del importe pagado se destina a impuestos, a la Comisión Nacional de la Energía o al Gestor Técnico del Sistema).


OTROS CONCEPTOS Y SERVICIOS: ASPECTOS A TENER EN CUENTA

Tal y como he dicho antes, en las facturas de gas natural, pueden aparecer otros conceptos y servicios que muchas veces no están del todo claros. En este apartado intentaré explicar en que consisten y que tipo de consideraciones hay que tener en cuenta a la hora de decidir si merece la pena contratarlos o no (en el caso de que sean opcionales). Dichos conceptos son:

Canon de la finca o canon IRC (Instalaciones Receptoras Comunitarias): La instalación receptora comunitaria es la parte de la red de gas natural que va desde la acometida del edificio, hasta la entrada a cada casa (punto en el cual suele estar el contador, en edificios que no tienen cuarto de contadores de gas natural). Esta instalación suele consistir una red de tuberías que sube por la fachada, o por huecos de construcción destinados a tal fin. En edificios de cierta edad, en los cuales no existía instalación receptora comunitaria, la compañía distribuidora de gas se puede hacer cargo de la ejecución y mantenimiento de la instalación, repercutiendo su coste sobre los abonados mediante dicho canon. El importe de este concepto depende del precio acordado en el contrato de suministro de gas natural que se hizo cuando se realizó la instalación. En el caso del ejemplo planteado, en la última factura no aparece este concepto; pero haciendo un estudio en retrospectiva de las anteriores facturas, se puede apreciar que se carga el canon IRC una vez al año. En los años 2010, 2011 y 2012 los importes pagados fueron de 21,95€; 22,35€ y 23,07€ respectivamente.

A la hora de contratar un nuevo suministro de gas natural, o en el caso de alquileres de viviendas que ya cuentan con gas natural, es conveniente tener en cuenta que puede existir este concepto en la factura. Este concepto se define en el primer contrato de suministro de gas natural, y se fija su importe. En el caso del ejemplo, la instalación se realizó en el año 1999, y en el contrato se estableció que el canon de IRC era de 3.330 Ptas/año (20,013 €/año) IVA incluido durante un total de 20 años. Dicho importe se revisaría en función de la evolución del IPC y se paga en 20 cuotas anuales. Teniendo esto en cuenta, si la vivienda se alquilase o se vendiese, el nuevo usuario “heredaría” dicho canon, y esto muchas veces causa confusión porque no todo el mundo sabe por que se cobra, cuanto se cobra y cada cuanto.

Este concepto también ha sido objeto de ciertas polémicas:
  • La principal polémica, se crea principalmente por el desconocimiento de muchos usuarios de que es y porque se cobra (como se puede ver en este enlace).
  • En algunos casos, debido a la liberalización del mercado gasista y cambios de comercializadora, se ha empezado a cargar este concepto a algunos usuarios cuando nunca antes se había hecho y cuando no hay un contrato de suministro en el que aparezca reflejado este punto (esto último se puede ver en este enlace).
  • En otros casos, se ha cobrado este concepto a los usuarios antes de que dicha tarifas fuesen aprobadas administrativamente por el gobierno autonómico, teniendo que devolver la compañía dichos importes (esto se puede ver en este enlace).

Por lo tanto, este es un punto a tener en cuenta en los suministros de gas natural.

Derechos de alta y acometida: Son importes que se pagan a las empresas distribuidoras (que no a las comercializadoras) cuando se modifican o amplían las instalaciones de gas. Se distinguen los siguientes tipos:

  • Derechos de alta: Estos se pagan cuando se contrata un nuevo suministro (se da de alta) o se amplia uno existente (se cambia de tarifa por haber instalado mas receptores de gas, como pueden ser calderas de calefacción u otros). Estos derechos incluyen los servicios de enganche y la verificación de las instalaciones. Se puede comparar a los conceptos que hay que pagar en el caso de suministros eléctricos por ampliar la potencia contratada. Estos pagos se pueden aplazar previo acuerdo con la distribuidora.
  • Derechos de acometida: Pueden incluir los derechos de acceso y los de extensión, y incluyen la realización del conjunto de instalaciones y/o operaciones necesarias para atender nuevos suministros o ampliaciones de suministros existentes.

Por lo tanto, estos son conceptos que únicamente hay que pagar cuando se da de alta un nuevo suministro o se amplia uno existente, se pagan solo una vez, todo de golpe o con pagos aplazados.

Servicios de mantenimiento: Este es un tema importante a tener en cuenta, ya que puede llegar a ser el concepto de mayor importe en la factura eléctrica (sobretodo en meses de verano en los que se usa menos gas natural). Muchas comercializadoras ofrecen junto con sus tarifas los servicios de mantenimiento, si se contrata este servicio suelen aplicar una serie de descuentos en la factura, que llaman mucho la atención. Pero hay que tener bien claro que es lo que incluyen y cual es su coste.

Partimos de la base de que una instalación receptora de gas natural, y sobretodo si incluye equipos generadores de calor (ya sean para generación de ACS y/o de calefacción) ha de pasar principalmente dos tipos de inspecciones periódicas obligatorias (además de las inspecciones iniciales previas a la puesta en marcha): la de la caldera y la de la instalación de gas. Ambos tipos de inspecciones, deberán de ser realizadas por personal cualificado y acreditado, con capacidad legal para ejecutarlas según las normativas que sean de aplicación. Dichas inspecciones para que quede mas claro son las siguientes: 

  • Revisión de las calderas: Según lo dispuesto en el artículo 31 del Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios - RITE, el órgano competente de la Comunidad Autónoma establecerá el calendario de inspecciones periódicas de eficiencia energética en las instalaciones térmicas. Estas inspecciones, según los apartados IT 4.2 y IT 4.3 se aplicarán a los generadores de calor de potencia térmica instalada igual o mayor de 20 kW con una periodicidad mínima de 5 años. Dicha inspección obligatoria debe de incluir un análisis y evaluación del rendimiento y una inspección del registro oficial de las operaciones de mantenimiento para verificar su realización periódica, así como el cumplimiento y adecuación del “Manual de Uso y Mantenimiento”. En general esta inspección suele hacerse cada uno o dos años (en función de la CCAA). Además, según lo dispuesto en el apartado IT 3.3, las instalaciones térmicas han de tener un programa de mantenimiento preventivo establecido en el “manual de uso y mantenimiento” cuando este exista. La periodicidad de las operaciones de mantenimiento es de entre 1 y 5 años. Esta inspección es controlada por las comunidades autónomas y ha de realizarla una empresa mantenedora autorizada elegida por el usuario, ya sea un servicio técnico oficial de la marca de la caldera, la propia empresa comercializadora de gas natural (a través de empresas mantenedoras asociadas a ella) o un profesional independiente cualificado y autorizado, el precio será el libremente pactado entre el usuario y el mantenedor.
  • Revisión de la instalación de gas natural: Según el artículo 7 del RD 919/2006 de 28 de julio por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos, las instalaciones receptoras de gas natural alimentadas desde redes de distribución de hasta 70 kW de potencia instalada, deberán pasar una inspección periódica cada 5 años. Dicha inspección comprenderá desde la llave del usuario hasta los aparatos de gas, incluidos estos, y incluirá las siguientes acciones: Comprobación de la estanqueidad de la instalación receptora y la verificación del buen estado de conservación de la misma, combustión higiénica de los aparatos y la correcta evacuación de los productos de la combustión. Estas inspecciones son responsabilidad y las realizan las empresas distribuidoras de gas natural a través de su personal técnico cualificado y acreditado. El precio de dicha inspección, lo determina la comunidad autónoma, y nunca se debe abonar en el momento, puesto que se cobran en la siguiente factura de gas natural.

Por lo tanto, si se contratan los servicios de mantenimiento de las comercializadoras, las dos inspecciones periódicas descritas se incluyen en dichos servicios, con la ventaja de que lo gestiona todo una única empresa y es ella la que se encarga de controlar cada cuanto se ha pasado cada inspección. También incluyen otros servicios que pueden o no resultar interesantes, como:

  • Revisiones periódicas anuales: de la instalación de gas (reglamento de instalaciones de gas) y la de la caldera y/o calentador y del sistema de calefacción si se opta por esta modalidad (RITE). Estas revisiones cumplirían con las exigencias normativas que he descrito antes (hay que tener en cuenta que las periodicidades obligatorias pueden ser mayores a un año en función de la CCAA).
  • Servicio de reparaciones: con atención en menos de 48 horas, que únicamente incluyen el desplazamiento y la mano de obra (generalmente solo las 3 primeras horas), pero no incluyen las piezas, que tendrán que ser abonadas por separado.
  • Teléfonos de atención las 24 horas los 365 días del año.

En función de las compañías, la contratación de los servicios de mantenimiento tienen asociados descuentos sobre el término fijo del suministro de gas natural (que no son de mas de un año), incluyendo en algunos casos también descuentos temporales (de un año) en los servicios de mantenimiento.

Supongo que a todos los que hemos realizado un contrato de suministro de gas natural nos hemos hecho la misma pregunta: ¿realmente ahorro contratando los servicios de mantenimiento de las comercializadoras? Para responder a esta pregunta, hay que tener en cuenta un par de cuestiones:

  • La revisión de la instalación de gas es obligatoria y la realiza la distribuidora, los precios son los mismos para todos los suministros de la misma comunidad autónoma. Por lo tanto este elemento no es determinante a la hora de elegir un contrato de mantenimiento.
  • La revisión de la caldera es obligatoria y anual, y la puede realizar cualquier mantenedor autorizado elegido por el usuario. Por lo tanto, hay que valorar los precios de los contratos de mantenimiento que se pueden obtener si se contratan con las comercializadoras de gas natural, con los servicios técnicos oficiales de las calderas, o los de mantenedores autorizados.

Teniendo en cuenta que en casi todos los contratos de mantenimiento suelen incluir las revisiones, desplazamientos y mano de obra, pero no las piezas de repuesto si son necesarias: La opción que menor coste tenga, será la mas apropiada (si se contrata el mantenimiento con la comercializadora de gas natural, suelen incluir también la inspección cada 5 años de la instalación de gas). 

Para poner un ejemplo, he hecho una pequeña comparativa de los precios de los servicios de mantenimiento que ofertan las principales comercializadoras (para una instalación sin calefacción), y lo he comparado con el coste del servicio de mantenimiento que oferta el servicio técnico oficial de Vaillant por poner un ejemplo (es el fabricante de la caldera que tengo instalada en mi casa). Todos ellos incluyen mas o menos los mismos servicios, con la diferencia de que el mantenimiento de Vaillant no incluye la inspección de la instalación de gas. Los resultados obtenidos son los siguientes:

  • Endesa: 80,01 €/año (IVA incluido), que suponen 6,67 €/mes con un 20% de descuento el primer año.
  • Iberdrola: 110,352 €/año (IVA incluido), que suponen 9,19 €/mes.
  • Gas Natural Fenosa: 92,04 €/año (IVA incluido), que suponen 7,7 €/mes.
  • Vaillant: 105,24 €/año (IVA incluido), que suponen 8,77 €/mes.

Por lo tanto, la conclusión que se puede sacar respecto al tema del mantenimiento y las inspecciones, a la luz de los resultados obtenidos es: en función del precio que se pueda obtener por parte de un mantenedor autorizado, las tarifas de mantenimiento que ofrecen las compañías distribuidoras si contratas con ellas el suministro de gas natural, son en general bastante competitivas.

ELEMENTOS A TENER EN CUENTA A LA HORA DE ELEGIR UNA TARIFA DE GAS NATURAL:

En el suministro de gas natural, al igual que en el eléctrico, hay dos opciones a la hora de contratar: Tarifa de Último Recurso y mercado libre. La tarifa de último recurso (TUR), tal y como expliqué en mi anterior artículo, la establece el gobierno como medida para controlar la liberalización del mercado energético (se plantea como tarifa refugio), y su precio se revisa cada tres meses. Está pensada para suministros domésticos, por lo que a la hora de elegir un contrato de suministro de gas natural, habrá que compararlo con esta tarifa para ver cual es mas rentable.

Tanto las tarifas de último recurso como las de mercado liberalizado, tienen dos conceptos: el término fijo (que no depende de la potencia contratada, lo cual da mayor libertad al consumidor) que es un canon que se paga por tener acceso a la red de gas y el término de energía, que depende de la energía consumida (es el término mas importante de la factura). En el caso de la TUR, los costes de ambos términos se han mantenido fijos desde enero del 2013, teniendo los siguientes precios:

  • Término fijo: 4,3 €/mes (los peajes de acceso son de 2,47 €/mes, suponen un 57,4% del precio).
  • Término variable o de energía: 0,057509€/kWh (los peajes de acceso son de 0,028165 €/kWh, suponen un 48,97% del precio).

La TUR de gas natural, al igual que la eléctrica, ha tenido una evolución constante con tendencia ascendente, pasando de estar rondando el término fijo los 3,9€/mes en 2009, a los 4,3 €/mes en 2013; y el término variable de los 0,12 €/kWh en 2009 a los 0,14 €/kWh en 2013. En las siguientes gráficas se puede apreciar esta evolución:

Evolución del término fijo de la TUR desde 2010. (Fuente: Elaboración propia)
Evolución del término variable o de energía de la TUR desde 2010. (Fuente: Elaboración propia)

Por otro lado, están las tarifas de mercado libre, las cuales, a diferencia de los suministros eléctricos, tienen en prácticamente todos los casos, los mismos precios que la TUR tanto en el término fijo como en el término variable. En el caso de los suministros de electricidad, la totalidad de las tarifas de mercado libre tienen precios de términos de potencia y de energía que son superiores a los de la TUR, y utilizan una serie de técnicas de marketing para atraer a clientes a mercado libre, pero siempre se acaba pagando mas que con la TUR.

En el caso de los suministros de gas, al tener las tarifas en mercado libre los mismos precios que en la TUR, lo que diferencia una opción de otra, son precisamente los descuentos que se aplican, y los precios de los servicios de mantenimiento. De forma mas detallada, los aspectos que hay que tener en cuenta a la hora de elegir una tarifa u otra son los siguientes:

  • Precios de los términos fijos y variables de la tarifa: Aunque se ha dicho que los precios son los mismos que en la TUR, hay que tener en cuenta que los precios de la TUR se revisan trimestralmente, y aunque a lo largo del 2013 han permanecido constantes, la tendencia desde que se liberalizó el mercado ha sido claramente ascendente. También hay que tener en cuenta que las variaciones en los peajes de acceso y del IPC variarán los precios de las tarifas, pero afectarán de igual forma a la TUR y a las tarifas de mercado libre, ya que son costes que se aplican en todos los casos.
  • Precios de los servicios de mantenimiento mínimos: Como ya he explicado antes, en la práctica y debido a las revisiones obligatorias de la caldera y de la instalación de gas, es necesario tener contratado un servicio de mantenimiento. Por lo tanto hay que comparar los precios de los servicios de mantenimiento que ofrecen las distintas comercializadoras, los servicios técnicos oficiales de las calderas y los distintos mantenedores autorizados, para ver cual es el que tiene el mejor precio siempre que garantice como mínimo que realizará las inspecciones mínimas reglamentarias.
  • Descuentos aplicados: Cada compañía comercializadora, en función de si se contrata con ellos el servicio de mantenimiento de las instalaciones y de otros factores como por ejemplo, la facturación electrónica u ofertas promocionales, suelen aplicar una serie de descuentos. Dichos descuentos se aplican sobre el término fijo de la factura, y suelen tener únicamente una validez de un año. En las distintas ofertas de las comercializadoras que he visto (y que explicaré mas adelante), este concepto puede variar entre el 5% y el 55% del término fijo. También existe la opción de contratar conjuntamente los suministros de gas y de electricidad, aplicándose otros descuentos, pero hay que tener en cuenta los precios sobre los cuales se aplican, ya que si en el suministro eléctrico los precios son superiores a los de la TUR, es difícil que generen ahorros.
  • Duración de las tarifas o las ofertas: En el caso de mercado libre, hay que comprobar cual es el periodo de tiempo durante el cual mantienen los precios ofertados, ya que pueden mantener el mismo precio durante por ejemplo un año, cuando la TUR puede subir o bajar varias veces durante el mismo periodo de tiempo. También hay que asegurarse de que pasa con los precios de los términos fijo y variable cuando finaliza la duración de la oferta o el contrato, ya que puede darse el caso de que los precios indicados sean solo durante el primer año, y a partir del segundo, se renueve automáticamente el contrato con un precio distinto.
  • Compromiso de permanencia: No es raro que las tarifas en las que se aplican descuentos sobre el término fijo, incluyan un compromiso de permanencia. Dicho compromiso de permanencia suele ser de el periodo de tiempo sobre el cual se ha aplicado el descuento, por lo que es importante tenerlo en cuenta para no incurrir en penalizaciones por cambio de comercializadora.

ESTUDIO DE MERCADO DE LAS PRINCIPALES TARIFAS ELÉCTRICAS:

Teniendo en cuenta los elementos descritos anteriormente, he realizado un pequeño estudio de mercado de las tarifas de suministro de gas ofrecidos por las principales empresas comercializadoras. Estoy seguro de que habrán muchas otras empresas que puedan ofrecer tarifas distintas con mayores o menores ventajas que estas, pero para no extenderme demasiado, compararé las de las tres principales empresas: Endesa, Iberdrola y Gas Natural Fenosa, con sus correspondientes servicios de mantenimiento; frente a la TUR con un contrato de mantenimiento con el servicio técnico oficial de Vaillant.

Para homogeneizar el estudio de mercado, compararé los precios y ofertas de cada una de las compañías y de la TUR suponiendo las siguientes condiciones básicas:

  • Los cálculos se hacen para un horizonte temporal de 5 años, para que los descuentos aplicados de un año no “maquillen” los resultados. De todas formas también se puede cambiar de comercializadora cada año para ir “enlazando” descuentos, si las permanencias lo permiten.
  • Se supondrá un consumo anual fijo de 2.000 kWh, para dar mayor homogeneidad, pero a sabiendas de que el consumo es variable y de difícil predicción.
  • Se supondrá que el suministro es para una instalación de ACS + cocina simple, por lo que la tarifa de acceso aplicada es la 3.1 (no hay instalación de calefacción).
  • No se tendrán en cuenta impuestos (IVA ni impuesto de hidrocarburos) ni otros conceptos aplicables, tales como alquiler de contadores, canon IRC, derechos de alta, de acometida ni ningún otro tipo de conceptos que no sean el término fijo, el variable y el servicio de mantenimiento. Esto es debido a que todos los demás conceptos se aplican de igual forma y con los mismos importes para la misma instalación sea cual sea la comercializadora elegida.

Teniendo en cuenta dichas premisas, los resultados obtenidos para las siguientes tarifas son:

  • Tarifa Gas Endesa: Esta tarifa tiene precios equiparados a la TUR, y si se contrata el servicio de mantenimiento y reparación Gas Plus (con un precio de 80,01 €/año IVA incluido, 66,12 €/año sin IVA) , y el servicio de facturación electrónica, se aplica un descuento del 40% (35% + 5%) sobre el término fijo durante un año. El servicio de mantenimiento tiene un 20% de descuento durante el primer año. 

    Ejemplo de cálculo con tarifas de Endesa. (Fuente: Elaboración propia)

  • Tarifa Gas Iberdrola: Esta tarifa tiene precios equiparados a la TUR, y si se contrata el servicio de Mantenimiento Gas (con un precio de 7,60 €/mes, 91,2 €/año con IVA no incluido), se aplica un 30% de descuento sobre el término fijo durante un año.

    Ejemplo de cálculo con tarifas de Iberdrola. (Fuente: Elaboración propia)
  • Tarifa Gas Natural Fenosa: Esta tarifa tiene precios equiparados a la TUR, y si se contrata el servicio de reparación Servigás (con un precio de 7,7 €/mes o 92,4 €/año, IVA incluido o 76,36€/año sin IVA) y el servicio de facturación electrónica, se aplica un descuento del 55% (50% + 5%) sobre el término fijo durante un año. 

Ejemplo de cálculo con tarifas de Gas Natural Fenosa. (Fuente: Elaboración propia)
  • Tarifa de Último Recurso: Esta tarifa tiene los mismos precios que las tarifas de mercado libre, pero sin ningún tipo de descuento. Además de esto, sería necesario contratar un servicio de mantenimiento externo para que el suministro cumpla con los requisitos reglamentarios del RITE y pasar cada 5 años la inspección de la instalación de gas natural por parte de la distribuidora (cuyo coste en Valencia es de 53,41 €). El servicio de mantenimiento que se ha supuesto para el cálculo es el proporcionado por el Servicio Técnico Oficial de Vaillant (al suponer que este es el fabricante de la caldera), con un precio de 86,98 €/año. Evidentemente, el precio del servicio de mantenimiento puede variar de una empresa a otra, de ahí que hayan muchas opciones a la hora de contratar este concepto.

Ejemplo de cálculo con TUR y mantenimiento Vaillant. (Fuente: Elaboración propia)

Comparando los resultados de las distintas tarifas analizadas, respecto a la TUR, se puede apreciar que todas ellas tienen un coste inferior que con la TUR y el mantenimiento de Vaillant.

Comparativa de los resultados de las distintas tarifas y su porcentaje de ahorro respecto a la TUR. (Fuente: Elaboración propia)


CONCLUSIONES:

Después de este extenso artículo sobre las tarifas de gas se pueden hacer las siguientes afirmaciones:

  • Las facturas de gas natural, muchas veces incluyen una serie de conceptos que por lo general no están muy claros y pueden dar lugar a confusión (canon IRC, derechos de alta y de acometida, y servicios de mantenimiento) si no se investiga previamente sobre ellos.
  • Los servicios de mantenimiento, y el control periódico de las instalaciones son un aspecto fundamental relacionado con el suministro de gas natural, ya que se incurren en unos costes fijos anuales que pueden llegar a ser superiores al propio suministro de gas natural en algunos meses del año. Por lo que hay que hacer un estudio de mercado previo para obtener los mejores precios.
  • Los precios de los términos fijo y variable de las distintas tarifas existentes en mercado libre están equiparados a los de la Tarifa de Último Recurso, por lo que los descuentos que aplican las comercializadoras en función de sus ofertas y otros servicios contratados, serán los que marquen la diferencia entre una tarifa u otra, teniendo en cuenta la limitación temporal de dichos descuentos.
En el siguiente enlace de la Comisión Nacional de la Energía hay una serie de informaciones, enlaces y documentos, que describen con mas profundidad aspectos generales y específicos del sector gasista español, y que pueden propoprcionar una visión mas global sobre el tema. Espero que este artículo os haya parecido interesante pese a su extensión, y haya resuelto algunas de las dudas que se plantean a la hora de elegir un suministro de gas natural. Espero vuestros comentarios, experiencias y opiniones.

Saludos a todos

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